EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (B.O.C.M. Núm. 228. SÁBADO 19 DE SEPTIEMBRE DE 2020. Pág. 11 (BOCM-20200919-2)
Consejería de Sanidad
ORDEN 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en núcleos de población correspondientes a determinadas zonas básicas de salud, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
Municipio de Madrid:
- Distrito de Carabanchel:
- Zona básica de salud Puerta Bonita.
- Zona básica de salud Vista Alegre.
- Zona básica de salud Guayaba.
La CAM ha desarrollado una serie de actuaciones para la prevención del COVID-19 que se aplica a las siguientes zonas:
- Distrito de Usera:
- Zona básica de salud Almendrales.
- Zona básica de salud Las Calesas.
- Zona básica de salud Zofío.
- Zona básica de salud Orcasur.
- Zona básica de salud San Fermín
- Distrito de Villaverde:
- Zona básica de salud San Andrés.
- Zona básica de salud San Cristóbal.
- Zona básica de salud El Espinillo.
- Zona básica de salud Los Rosales.
- Distrito de Villa de Vallecas:
- Zona básica de salud Villa de Vallecas.
- Distrito de Puente de Vallecas:
- Zona básica de salud Entrevías.
- Zona básica de salud Martínez de la Riva.
- Zona básica de salud San Diego.
- Zona básica de salud Numancia.
- Zona básica de salud Peña Prieta.
- Zona básica de salud Pozo del Tío Raimundo.
- Zona básica de salud Ángela Uriarte.
- Zona básica de salud Alcalá de Guadaíra.
- Zona básica de salud Federica Montseny.
- Distrito de Ciudad Lineal:
- Zona básica de salud Doctor Cirajas.
- Zona básica de salud Gandhi.
- Zona básica de salud Daroca.
- Zona básica de salud La Elipa.
- — Municipio de Alcobendas:
- Zona básica de salud Alcobendas-Chopera.
- Zona básica de salud Miraflores.
- — Municipio de San Sebastián de los Reyes:
- Zona básica de salud Reyes Católicos.
- — Municipio de Getafe:
- Zona básica de salud Las Margaritas.
- Zona básica de salud Sánchez Morate.
- — Municipio de Fuenlabrada:
- Zona básica de salud Alicante.
- Zona básica de salud Cuzco.
- Zona básica de salud Francia.
- — Municipio de Parla:
- Zona básica de salud San Blas.
- Zona básica de salud Isabel II.
- — Municipios de Humanes y Moraleja de Enmedio:
- Zona básica de salud Humanes de Madrid.
Se permite la circulación de personas residentes dentro de los ámbitos territoriales afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Desde el Club Atlético de Pinto, os pedimos encarecidamente el cumplimiento escrupuloso de la norma, para evitar cualquier tipo de riesgo innecesario. Estamos en pretemporada y como norma básica para el club lo MÁS IMPORTANTE ES LA SALUD. Esperemos que los que vivís en esas zonas procuréis seguid las instrucciones de las Autoridades y sabed que os esperamos con los brazos abiertos.
La Junta Directiva